Reembolso de vuelos para México, Latinoamérica, Canadá, Europa y Asia

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Conoce la guía actualizada del Departamento de Reembolsos de Grupo Aeroméxico (“GAM”), la cual les será de gran utilidad ya que de forma rápida y concisa podrás realizar el procedimiento de solicitud de autorización para reembolsos, efectiva desde 01 de enero 2018.

La información contenida dentro de este documento es de índole informativo más no limitativo y está sujeta a cambios, revisiones y actualizaciones por parte de Grupo Aeroméxico.

Todas las solicitudes de reembolso de boletos correspondientes a Aeroméxico (“AM”) expedidos por cualquier agencia de viajes (“AA.VV.”), deberán de ser solicitados exclusivamente a través del portal BSPLink.

El tiempo de respuesta por parte del CAAV (Centro de Atención de Agencias de Viajes) para la atención y resolución, tanto de solicitudes referentes a un reembolso indirecto BSPLink como correos electrónicos, será de siete (7) días hábiles, contados a partir de que el CAAV recibe la información.

Es importante que los datos e importes que ingresa la agencia de viajes a la solicitud de reembolso indirecto a través del BSPLink, se realicen de forma correcta y completa para evitar demoras y rechazos.

Únicamente serán autorizados los reembolsos en que la regla de la tarifa así lo permita, es imprescindible verificar las reglas históricas previamente a la emisión de la solicitud de reembolso y en caso de que exista alguna excepción en la regla que permita el reembolso por enfermedad o muerte, se adjunte a la solicitud algún documento oficial que lo justifique (solo se recibirán archivos en formato PDF).

Por ningún motivo se reembolsarán boletos con más de un (1) año de antigüedad a partir de la fecha de emisión, todos los reembolsos de boletos deberán de ser solicitados con al menos siete (7) días hábiles de antelación a la fecha de caducidad.

1. Solicitudes a tramitar través de BSP LINK REEMBOLSOS INDIRECTOS:

  • Billetes remitidos. La agencia solicitará reembolso sobre billete activo
  • Solicitudes por duplicidad: Reembolso de cada boleto o EMD duplicado donde la tarifa no sea reembolsable, se considera que un boleto es duplicado, siempre y cuando los boletos sean la copia exacta uno del otro, es decir que tanto la fecha de emisión, los destinos, las fechas de vuelo, los horarios de vuelo, la tarifa base, la forma de pago y el monto sean idénticos, en caso de que algún dato se encuentre diferente, se revisarán las reglas de la tarifa y se procederá a actuar conforme a lo que las mismas permitan. Se autorizarán con penalización de $50.00 (USD) o EUR 50.00

2.Solicitudes de reembolso a través del correo electrónico: amusrefunds@aeromexico.com y para Europa o Asia a ameuropeandasiarefunds@aeromexico.com

  • Billetes que hayan sido modificados y/o manipulados por Aeromexico implicando remisión propia por parte de la compañía, por reprotección, reemisión involuntaria.

3. Solicitudes de reembolso a través del correo electrónico: amcustomersupport@aeromexico.com  y para Europa o Asia a amaclaracionesmemos@aeromexico.com

  • Las agencias de viajes que dispongan de autorización de reembolso por parte de Atención a Clientes tras cursar reclamación. Deberán adjuntar los soportes brindados por servicio a clientes para autorización de reembolso.
  • Los billetes con solicitudes de reembolso incorrectas gestionadas por sistema o formas de pago que no coincidan con las originales, en caso de que el reembolso proceda, aplica cargos administrativos de $50.00 (USD) o EUR 50.00

Cualquier caso que no se encuentre contemplado dentro de este escrito será resuelto por el equipo del CAAV siguiendo la lógica previamente establecida y las legislaciones del país aplicables para tal efecto.

Cualquier aclaración al respecto, para Canadá puedes contactar al 1-877-262-0455 o con tu Market Manager y para Europa y Asia al 900 995 282 o al área comercial 91 758 25 76.

La información anterior es informativa pero no limitada y está sujeta a cambios, revisiones y actualizaciones por parte del Grupo Aeroméxico.

1.Para actas de defunción únicamente se aceptarán las emitidas por el gobierno correspondiente y que cuenten con el formato oficial además de los sellos y firmas que amparen el carácter legal del acta. Para comprobantes de enfermedad será indispensable que estén expedidos en hojas membretadas de la institución médica en la que se atendió el padecimiento, dentro del mismo se debe describir el procedimiento de atención del paciente y deberá contar con el sello de la institución médica, nombre y cédula profesional del médico tratante. 


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